Hoy vamos a centrarnos en el sistema de transmisión. La ley
permite realizar modificaciones y sustituciones. En este sentido,
algunos ejemplos de reformas que normalmente se efectúan en
todoterrenos, suelen ser las actuaciones en la caja de velocidades
con modificación de la relación final de transmisión de los
diferenciales, la instalación de autoblocantes o bloqueos de
diferencial así como la instalación de cubos de rueda libre.
Para variar la relación de velocidad podemos sustituir la corona y el
piñón de ataque del eje. En el mercado podemos encontrar
diferentes relaciones, grupos más cortos o más largos que
podremos seleccionar ayudados por unas tablas donde figuran la
velocidad en función de las revoluciones del motor y la relación del
grupo. En caso de no encontrar la relación deseada podemos
recurrir a la fabricación por encargo o a medida.
También nos puede surgir la necesidad de modificar el tipo de
acionamiento, manual o automático. Podemos variar la relación de
velocidade mediante la modificación o sustitución de la reductora o caja de
transferencia o incluso también con su instalación en caso de que no la disponga de serie.
Ésta nos permitirá multiplicar la relación de la caja de cambios e incluso seleccionar entre 4x2 o
44. Al formar parte del sistema de transmisión entre la salida de la
caa de cambios hasta las ruedas, tanto la incorporación de caja de
transferencia, como la modificación del sistema de accionamiento
se consideran reforma y es necesario su legalización.
Al modificar la relación del sistema de trasmisión necesitaremos
coprobar el velocímetro para que lo marcado se corresponda con
la realidad. Se debe de tener en cuenta los soportes o fijaciones al
bastidor, así como conexiones con el motor y el vehículo como las
eléctricas, mecánicas o hidráulicas. Debe garantizarse el normal
funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores del
vehículo. De esta exigencia se excluyen los vehículos del ejército,
protección civil, servicio de bomberos y policiales.